Estimado beneficiario de OSCONARA;
Para dar cumplimiento al Art. 9° de la ley 23.660, le recordamos que para aquellos beneficiarios que tengan hijos entre 21 y 25 años de edad que estén cursando estudios regulares, deberán presentar los CERTIFICADOS DE ALUMNO REGULAR correspondientes.
Les hacemos saber que el plazo para presentar dicha documentación vence indefectiblemente el día 10 de Abril del 2020.
Así mismo les informamos que en caso de no haber presentado los certificados requeridos en término, lamentablemente nos veremos obligados a dar de baja del padrón de nuestra Obra Social a aquellos hijos entre 21 y 25 años inclusive que no hayan regularizado dicha situación, según legislación vigente.
Este requerimiento está basado en la exigencia de la Superintendencia de Servicios de Salud y el ANSES.
Para su mayor comodidad e información, esta Obra Social pone a su disposición distintos medios para facilitar y cumplir con lo requerido:
Estimado beneficiario por favor tenga muy en cuenta lo requerido, a efectos de no tener inconvenientes. Recuerde que nuestra prioridad es la salud de nuestros afiliados.
Consejo Directivo O.S.CO.NA.R.A.